Desde nuestra Asamblea animamos a vecinas y vecinos de nuestro pueblo a asistir al próximo pleno para con nuestra presencia apoyar dicha iniciativa, ya que todas/os estamos expuestas/os por consecuencia de la crisis financiera que están haciendo pagar a la ciudadanía a través de las políticas neoliberales, de pasar por dicha situación:
Asamblea
de Vecinos de Pedro Muñoz
-------------------------------------------------------------------------------------------
Propuesta
Ciudadana al Pleno de las Corporaciones Locales
Con
el estallido de la crisis, la precarización del empleo, la pérdida
de poder adquisitivo y el aumento del paro, miles de personas han
llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus
necesidades básicas, y entre ellas el pago de la vivienda habitual
de una familia.
No
estamos hablando sólo de la pérdida de una vivienda para las
familias, con todo lo que eso supone, sino también de una condena
financiera de por vida.
Se
trata de una situación profundamente injusta. Y es necesario
reaccionar para evitar que todas las consecuencias de la crisis
recaigan sobre la parte más vulnerable del contrato hipotecario, y
en cambio, las entidades financieras, que son una parte responsable
de esta crisis en buena medida y sobre las que el Gobierno ha
planteado un rescate con dinero público, mantengan su posición de
fuerza en la ejecución hipotecaria cuyo resultado es la pérdida de
la vivienda y el endeudamiento de por vida para miles de familias.
Los
Ayuntamientos son las instituciones más próximas al ciudadano y por
tanto viven el día a día de los problemas y las consecuencias
personales y sociales que la crisis está provocando.
Reconociendo
las dificultades y limitaciones, para actuar desde el ámbito
municipal, creemos imprescindible un pronunciamiento desde la
Corporación en Pleno ante esta injusta y gravísima situación, por
todo ello, la Asamblea de Vecinos de Pedro Muñoz presenta esta
propuesta de Plan Contra Los Desahucios y Los Problemas Sociales Que
Agravan.
2.
EJES DE ACTUACION
El
citado Plan consistiría en un servicio público y gratuito que, a
través de la Concejalía correspondiente, preste apoyo a la
ciudadanía mediante servicios de prevención, intermediación y
protección.
Prevención:
El
Plan ofrecería información y asesoramiento a los ciudadanos que se
encuentren en la situación previa a la contratación de una
hipoteca. Esta labor se desarrollaría desde la Oficina Municipal de
Información al Consumidor y comprendería el asesoramiento de los
servicios jurídicos municipales.
Intermediación:
A
partir del principio jurídico pro consumidor, el Ayuntamiento de
Pedro Muñoz intermediaría con las entidades financieras en defensa
de los ciudadanos que sufran endeudamiento sobrevenido a partir de la
pérdida de su empleo, asesorándolos para garantizar las mejores
condiciones posibles para la negociación o liquidación de la deuda
contraída.
Para
evaluar la situación del préstamo hipotecario, la capacidad de pago
y, en su caso, poder formular una propuesta a la entidad financiera,
que podrá requerir al interesado la documentación necesaria y
precisa.
Protección
Este
servicio se dirigiría a las personas o familias a las que la pérdida
de su domicilio habitual, como consecuencia de una ejecución
hipotecaria o por morosidad del pago del alquiler con causas
objetivas y justificadas, situándolas en grave riesgo de exclusión
social, entendiéndose por ello, en sus diversos grados y
situaciones, la ausencia o insuficiencia de los recursos y medios
económicos necesarios para el desarrollo de un proyecto de vida
normalizado, que le imposibilita o limita el ejercicio de los
derechos sociales.
Los
requisitos exigidos a los demandantes de esta línea del Plan serían:
- Ser mayor de edad el solicitante del servicio de protección.
- Carecer la unidad perceptora de recursos económicos suficientes para hacer
frente
a las necesidades básicas, entre ellas la vivienda.
- En el caso de tratarse de personas sin empleo que estén en edad laboral, estar inscritos como demandantes de empleo, con la excepción de las personas perceptoras de pensiones públicas por invalidez y de aquellas que no puedan tener la condición de demandantes de empleo en virtud de las normas reguladoras de los Servicios Públicos de Empleo.
- Ninguno de los miembros de la unidad perceptora podrá poseer ninguna otra vivienda en propiedad, tener el derecho real de uso y disfrute de otra vivienda o cualquier otro régimen que le permita hacer efectivo su derecho a la vivienda.
- Las personas solicitantes deberán estar empadronadas y la vivienda afectada en el término municipal de Pedro Muñoz.
- Informe de los servicios sociales acreditativo de la concurrencia de excepcionales circunstancias de exclusión social.
La
aplicación concreta de estos criterios se realizaría en atención a
la evaluación social de cada caso a cargo de los prestadores del
servicio.
3.
OTRAS ACTUACIONES A DESARROLLAR
1º.-
Creación de un grupo de trabajo con la presencia de los grupos
políticos municipales y agentes sociales del municipio para aprobar,
coordinar, buscar alternativas a las familias afectadas por
desahucios y estudiar iniciativas que puedan, dentro del marco
competencial municipal, aliviar el sufrimiento de los afectados por
desahucios.
2º.-
Creación y apoyo de protocolos de actuación en casos de desahucio,
y colaboración con el objeto de solicitar al juez la suspensión del
desahucio cuando éste sea por motivos económicos y se refiera a la
vivienda única y habitual.
3º.-
Recogida de información, reclamaciones y demandas de los ciudadanos
afectados, a través de la OMIC (Oficina Municipal de Información al
Consumidor).
4º.-
Favorecer la creación de parques públicos de alquiler social con
viviendas de titularidad pública que no estén adjudicadas.
5º.-
Plan de Empleo de rehabilitación de viviendas de titularidad
municipal o disponibles en una Bolsa Municipal para Alquiler Social.
6º.-
Poner en marcha iniciativas frente a las entidades financieras que
mantengan los desahucios, entre ellas la retirada de sus depósitos.
7º.-
Poner en marcha programas de mediación de deuda hipotecaria con el
fin de facilitar la reestructuración, quita, control de intereses,
dación en pago con alquiler social y denuncias sobre el
incumplimiento del Código de Buenas Prácticas.
8º.-
Suspender cautelarmente la liquidación de las plusvalías a los
afectados por procesos de ejecución hipotecaria y dación del
inmueble en pago de la deuda hipotecaria de viviendas de residencia
única y habitual, ejecutando las mismas de acuerdo al artículo 2
del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de
protección de deudores hipotecarios sin recursos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario